Las elecciones a la Cámara de Representantes de Japón (Shûgiin) celebradas el pasado 16 de diciembre de 2012 (las cuadragésimo sextas en la historia de esta institución) han concluido con un cambio de gobierno y una victoria, esperada en el resultado, inesperada por lo arrolladora, del Partido Liberal Democrático (PLD). Como la mayoría de analistas señalan, más que una victoria del PDL, estas elecciones han significado el derrumbe del Partido Democrático (PD) de Yoshihiko NODA, que pasa de tener 308 escaños a tan solo 57 (de 480 en liza). En agosto de 2009, el PD, liderado entonces por Yukio Hatoyama, consiguió hacerse con el control de la cámara en unas históricas elecciones que acabaron con más de 55 años de gobierno prácticamente continuado del PDL. Vuelven pues los liberales al gobierno de la nación, pasando de tener 119 escaños en 2009 a 294, y repitiendo como compañero de viaje al partido budista de Nuevo Kômeitô (NK), opción política que ha obtenido 34 representantes. La coalición PLD-NK dispone ahora de una mayoría de más de 325 escaños, suficiente para legislar sin tener en cuenta la Cámara de Consejeros (Sangiin). El bicameralismo imperfecto japonés (artículo 59.2 de la Constitución japonesa) establece que los proyectos legislativos rechazados por la Cámara de Consejeros puedan ser aprobados por mayoría de dos tercios de la Cámara de Representantes. En estos momentos la dieta japonesa se encuentra en una situación que los constitucionalistas nipones denominan nejire kokkai (dieta retorcida), ya que el PD cuenta con una ligera mayoría en la Cámara Alta (87 de 242 escaños, frente a los 83 del PLD). Así pues, la contundente victoria de la coalición PLD-NK asegura fluidez en el trabajo del legislador japonés. Por otro lado, se confirma el ascenso del Partido de la Restauración (PR), escisión del núcleo “duro” del PLD, que obtiene 54 escaños, confirmando el auge de partidos “de derecha” en el espectro político nipón. El 26 de diciembre Shinzô Abe tomó posesión como nuevo primer ministro, encabezando así el que será su segundo gabinete.
El origen de estas elecciones se remonta al 16 de noviembre de 2012, cuando el primer ministro Noda disuelve la Cámara de Representantes nueve meses antes del fin de la legislatura. La maniobra política del Gobierno era poner fin a la sangría de votos que el PD venía experimentando desde julio de 2010, con ocasión de las elecciones a la Cámara de Consejeros (esta institución se renueva por mitades cada seis años). Tras la ilusión popular despertada por la victoria de 2009, el PD ha tenido que lidiar con tres años de desgaste al que sendos gabinetes (Yukio Hatoyama, Naoto Kan y Yoshihiko Noda) no han sido capaces de poner freno. Con la convocatoria de elecciones el PD se disponía a volver a la oposición, pero al menos hacerlo en una posición “digna” dentro del legislativo. Un descenso de casi el 75% del número de representantes con respecto a los comicios pasados, supone pues una severo correctivo por parte del electorado. Aunque en descargo del PD, debemos recordar que en marzo de 2011, el Gabinete de KAN tuvo que hacer frente a un devastador terremoto y tsunami en el norte del país (crisis nuclear incluida), de proporciones desconocidas hasta la fecha.
Con la valoración de tres años de gestión del PD como telón de fondo, el debate electoral ha orbitado fundamentalmente en torno a cuestiones relacionadas con la política económica (medidas para frenar la crisis económica, freno al alza del yen y subida del impuesto sobre el consumo), política energética (dependencia de la energía nuclear) y política exterior (la adhesión al Acuerdo Estratégico Trans-Pacífico de la Asociación Económica y la solución de recientes conflictos territoriales con China y Corea del Sur). Por otro lado, la reforma de la Norma Fundamental ha vuelto a situarse por enésima vez como eje de la agenda política. Desde la perspectiva de nuestra especialidad, este punto amerita consideración especial.
Una reforma constitucional ab radice, cuando no una nueva Carta Magna, figuran en el mismo ideario fundacional del PLD. Un conato de reforma fue vislumbrado ya durante el efímero primer gabinete de ABE (septiembre de 2006-septiembre de 2007) con la aprobación de la “Ley de reforma constitucional” (mayo de 2007). Dicha norma regula el procedimiento de referéndum exigido por el artículo 96 de la Constitución para su reforma. Además, el primer gabinete realizó importantes cambios legislativos, por ejemplo en la nueva “Ley Fundamental de Educación” o la “Ley de establecimiento del Ministerio de Defensa”, de profundo calado constitucional.
En estos momentos, las reformas constitucionales propuestas por el PLD discurren por dos vertientes. Por un lado se pretende una reforma del artículo noveno, precepto que determina la renuncia a la guerra de Japón y su prohibición de tener ejército. Más concretamente, el PLD busca rehabilitar el derecho de “autodefensa colectiva” (shûdanteki jieiken) y garantizar el estatus de iure de las Fuerzas de Autodefensa (FA) como ejército de defensa nacional. Los partidos “de izquierda” se oponen radicalmente a esta reforma, pues suponen ataca el carácter “pacifista” de la Constitución japonesa, pero no podemos pasar por alto que en 2011 el presupuesto de las FA ocupó el sexto puesto en mayor gasto militar del mundo. Por otro lado, se pretende reformar el citado artículo 96 y facilitar el propio procedimiento de reforma constitucional. El artículo 96 establece que para reformar la constitución se necesita la aprobación del nuevo texto constitucional por mayoría de dos tercios en ambas cámaras y la aprobación final por referéndum popular.
Con respecto a la reforma constitucional, el NK no ha manifestado una postura directamente opuesta, aunque su líder, Natsuo Yamaguchi ha exigido hacer las cosas con prudencia y buscar el mayor consenso parlamentario posible. En este sentido, si el PLD desea apresurar las cosas debería pactar con el PR. Los 54 escaños conseguidos por esta formación invitan a tenerlos muy en cuenta, aunque no está claro si los “restauradores” se contentarían con meras reformas o si presionarían para redactar una constitución ex novo. No olvidemos que su líder de los “restauradores”, Shintarô Ishihara, antiguo gobernado de la ciudad de Tokio, siempre ha defendido la nulidad de la presente Constitución japonesa, elaborada tras la Guerra del Pacífico.
Terminamos esta crónica resaltando otro punto de interés constitucional y es que las elecciones de diciembre de 2012, se han celebrado en “situación de inconstitucionalidad”, esto es, atendiendo a lo establecido por la Corte Suprema en su sentencia de 23 de marzo de 2011. El Alto Tribunal declaró inconstitucional la asignación de escaños por distrito electoral con ocasión de las elecciones a la Cámara de Representantes de 30 agosto de 2009 (desde 1994, la ley electoral nipona determina un sistema binario de elección de miembros de la Cámara de Representantes, en el que 300 se eligen por distritos electorales unipersonales y 180 por sistema de representación proporcional). Pues bien, dichos comicios presentaron una diferencia máxima en el valor del voto entre los distintos distritos electorales de 1 a 2,30, que fue declarada inconstitucional. En las pasadas elecciones de 2012 esta misma diferencia fue de 1 a 2,42. La inconstitucionalidad de la situación no sólo no se ha corregido sino que ha aumentado. Lo cierto es que la Corte Suprema ha declarado la inconstitucionalidad de este tipo malapportionment en numerosas ocasiones (por ejemplo en sentencias de 1976, 1983, 1985 y 1993, todas ellas anteriores a la reforma de la ley electora operada en 1994). Aunque en este sentido, es necesario aclarar que este tipo de sentencias “declarativas” (jijô hanketsu) funcionan como “toque de atención” al legislador, sin tener como efecto la anulación de las elecciones celebradas en situación de inconstitucionalidad.
Luis María Pedriza Bermejillo
Doctor en derecho constitucional Universidad de Kyoto
Profesor de derecho constitucional de la Universidad de Kinki (Osaka)