Las primeras primarias presidenciales en Chile: configuración jurídica y lecciones preliminares – Francisco Soto i Lluís Medir

Configuración jurídica

Hace apenas un par de semanas se celebraron en Chile las primeras primarias obligatorias institucionalizadas por ley para las principales magistraturas electas del país (presidente, senadores y congresistas), si concurren al menos dos candidatos, o dos coaliciones de candidatos. Es cierto que la principal contienda política se dirimió entre los candidatos a Presidente para las elecciones de noviembre, pero no hay que olvidar que se celebraron también primarias a congresista en algunas circunscripciones. ¿De dónde sale esta iniciativa con someras referencias internacionales? ¿Cómo se han configurado legal y políticamente? ¿Los resultados han sido los esperados?

Actualmente, son diversas las legislaciones que contemplan en sus ordenamientos jurídicos un sistema de elecciones primarias para nominar a los candidatos a ciertos cargos de elección popular. Así también, son varios los países que sin que este mecanismo se encuentre expresamente regulado en su legislación interna, lo han aplicado en determinadas elecciones como un proceso de selección de candidatos para una determinada elección. En este último caso, es decisión de cada partido el proceder a organizar estas elecciones como una forma de responder a ciertas demandas políticas o de orden interno de sus propias coaliciones, pero no existe una estructura orgánica contenida dentro de sus ordenamientos jurídicos.

Ahora bien, dentro de los países que se encuentran en la situación descrita primeramente, el caso de elecciones primarias más conocido es el de algunos estados de Estados Unidos de América, cuyo ordenamiento interno contempla para las elecciones presidenciales, un sistema de elecciones primarias indirectas, esto es, aquellas en que los ciudadanos eligen representantes que posteriormente votan en una convención por el candidato respectivo. En términos generales, lo que sucede en América Latina, se puede resumir de la siguiente manera:

a) Se encuentran por una parte aquellos países que ya han incorporado el sistema de primarias en su ordenamiento jurídico, como es el caso de países como Bolivia, Costa Rica, Honduras, Panamá, Paraguay, Uruguay, y recientemente Ecuador, Colombia y Argentina. En éste último caso, se incorporó el sistema mediante la Ley n° 26.571, sobre Democratización de la Representación Política, la Transparencia y la Equidad, el cual regula el mecanismo de elecciones primarias, que fueron implementadas por primera vez el día 14 agosto de 2011;

b) Aquellos países cuya legislación no contempla el mecanismo de primarias, ni tampoco se han llevado a efecto organizadas por voluntad de los partidos políticos, pero se prevé que se realicen en los próximos procesos electorales, como es el caso de Venezuela.

En Europa, por otra parte, países como Francia, el Reino Unido, España y Portugal también han implementado este mecanismo preelectoral, pero siempre a nivel de partido político.

Una de las primeras preocupaciones del legislador chileno para proponer un sistema de primarias establecidas por ley con todas las garantías del proceso electoral general ha sido la generalización y mejora de la participación política. La encuesta sobre Auditoría de la Democracia, efectuada por el Consorcio de Centros de Estudios entre septiembre y octubre de 2010, mostró que sólo un 15% de los chilenos tiene confianza en los partidos políticos, mientras que en la encuesta del Centro de Estudios de la Realidad Contemporánea (CERC) de mayo del año curso, esa cifra llegó apenas al 11%. Además, si en el plebiscito de 1988 votó el 88% de la población en edad de sufragar, en las elecciones presidenciales y parlamentarias de 2009 lo hizo sólo el 60%. Otro antecedente es el envejecimiento del padrón electoral. Si en 1988 los menores de 30 años conformaban más de un tercio de los inscritos en los registros electorales, en 2009 habían pasado a menos de un décimo.

Es cierto que las recientes manifestaciones masivas que se han dado en Chile, abanderadas en su mayoría por el movimiento estudiantil, son un signo saludable de una democracia asentada, con una ciudadanía exigente y empoderada, pero también han mostrado un preocupante deterioro de la función de intermediación entre las demandas e inquietudes de individuos y grupos y el Estado. Esta pérdida de confianza en las instituciones políticas y en los partidos responde en buena medida a una cierta crisis de representatividad. En efecto, aunque los ciudadanos pueden tomar parte, a través de diferentes sistemas electorales, en la elección del Presidente de la República, otros representantes, a menudo tienen la impresión que sus opciones se restringen a aquellas que un reducido número de dirigentes políticos les presenta. Ello favorece la idea de una élite política más bien cerrada y con fuerte tendencia a la reproducción endogámica, a la que, a menudo injustamente, se percibe más interesada en la preservación de su propio poder que en el progreso del país. Así, según la ya citada encuesta sobre Auditoría de la Democracia, un 46% “cree que la mayoría de los políticos están en la política sólo por lo que puedan obtener personalmente de ella”.

Ante esta crisis de representatividad el gobierno del Presidente Piñera preparó un paquete de reformas políticas que fomentaran la participación, como por ejemplo: la inscripción automática en el censo electoral, el voto voluntario, la elección directa de los Consejeros Regionales, la iniciativa ciudadana de ley y el incentivo a la realización de plebiscitos comunales. Entre estas medidas, la propuesta estrella fue precisamente la instauración la institución de un sistema de primarias, voluntarias y vinculantes para la selección de los candidatos a la mayoría de los cargos de elección popular. La Ley de Reforma Constitucional n° 20.414, de 28 de diciembre de 2009, incorporó que una ley orgánica constitucional estableciera un sistema de elecciones primarias que podría ser utilizado por los partidos políticos para la nominación de candidatos a cargos de elección popular, donde el principal efecto político es que aquellos que no resulten elegidos en las elecciones primarias no podrán ser candidatos, en esa elección, al cargo que se postularon.

En definitiva es la Ley n° 20.640, publicada en el Diario Oficial de 27 de abril de 2013, la que establece el sistema de elecciones primarias para la nominación de candidatos a Presidente de la República, parlamentarios y alcaldes. El objetivo principal de esta ley es que el proceso de selección de candidatos se haga de un modo más trasparente, competitivo, y participativo. Así, previsiblemente se producirá una mayor renovación de las autoridades y dirigentes políticos, que abrirá a los partidos a las inquietudes de los ciudadanos y hará que éstos se sientan mejor representados. Este sistema de primarias es estrictamente voluntario, de modo que quedará en manos de la autonomía de cada partido la decisión de someterse a ellas en cada ocasión. Para más detalles consultar: http://www.servel.cl/controls/neochannels/neo_ch256/neochn256.aspx

Otras características que derivan de esta regulación implican que un candidato a las presidenciales tiene la opción de no presentarse a las primarias. De hecho algunos candidatos (como Marco Enríquez-Ominami) así lo han hecho. La consecuencia prevista, en este caso, es que los militantes de los partidos que apoyan las candidaturas no inscritas en las primarias son excluidos del padrón electoral.

En segundo lugar, los militantes de las candidaturas inscritas deben votar dentro de su coalición. Es decir, no pueden cambiar de voto secretamente y votar al bloque contrario. Si hubiera habido partidos concurriendo de forma independiente, fuera de los dos bloques finalmente concurrentes, sus militantes tan sólo hubieran podido votar a los candidatos de ese partido. Finalmente, los electores independientes reciben una papeleta con todos los nombres (en este caso de las dos coaliciones), configurando lo que se entiende clásicamente como un “elector”: que pueda votar secreta y libremente a quien considere más pertinente.

Esta regulación tan particular ha generado varios problemas importantes en las pasadas primarias del 30 de junio. Muchas personas no pudieron votar por figurar (sin ellas saberlo) como militantes en partidos minoritarios, o bien en alguno de los dos grandes bloques, también sin saberlo.

Resultados de las primarias

Pues bien, los resultados han sido alentadores en términos generales, debido a la alta participación observada. Diversas encuestas preveían una participación entorno al 10% del padrón electoral, y no obstante la población se volcó masivamente a participar duplicando las expectativas (se calcula que participó sobre el 25%), para algo más de 3.000.000 de sufragios populares. Se trata de una participación destacable, más teniendo en cuenta el contexto y las características de la elección, así como el hecho de que Chile es aún un país joven en cuanto al voto no obligatorio (son tan solo las segundas elecciones con voto voluntario después de las municipales de 2012).

Se presentaban finalmente dos bloques, Nueva Mayoría (la concertación y el independiente Velasco, para un total de cuatro candidatos) y la Alianza (dos candidatos conservadores). Los chilenos se manifestaron claramente a favor del bloque progresista, que consiguió 2.139.472 votos, contra los 806.656 del bloque conservador.

Tabla. Resultados electorales de las primarias del 30 de junio de 2013

NUEVA MAYORÍA Partido Votos %votos
MICHELLE BACHELET JERIA PS 1563208 73,06
JOSE ANTONIO GOMEZ URRUTIA PRSD 180329 5,06
CLAUDIO ORREGO LARRAIN PDC 189550 8,85
ANDRES VELASCO BRAÑES ILA 278385 13,04
TOTAL PACTO 2139472 100
ALIANZA Partido Votos %votos
PABLO LONGUEIRA MONTES UDI 414427 51,37
ANDRES ALLAMAND ZAVALA RN 392229 48,62
TOTAL PACTO 806656 100,00
TOTAL Votos %votos
Válidos 2946128 97,94
Nulos 46071 1,53
Blancos 15888 0,52
TOTAL 3008087 100

Fuente: servel.cl

Los resultados arrojan algunas conclusiones interesantes, más allá de la clara victoria de Bachelet, que supera en sufragios populares a todos los demás candidatos sumados y la coloca la primera destacada en la línea de salida para las presidenciales de noviembre. Junto con ella, los resultados de la izquierda refuerzan al Partido Socialista de Chile, el Partido por la Democracia (PPD) y Partido Comunista de Chile (que declinó presentarse con candidato propio y ha dado su apoyo a Bachelet), y debilitan a uno de los partidos más importantes de la Concertación, el Partido Democristiano, de centro, y a su candidato Orrego, que ha quedado en tercera posición detrás del independiente Velasco (que consiguió resultados excelentes si tenemos en cuenta que no contaba con el apoyo de ningún partido político organizado).

Aunque es difícil efectuar una evaluación ponderada de esta nueva ley de primarias chilenas, puede considerarse como positivo el que haya conseguido movilizar a una cantidad importante de ciudadanos, mejorando la conexión entre partidos y ciudadanía (que recordemos era una de las principales apuestas de la ley) y además garantizado un proceso público, transparente y con todas las garantías propias de cualquier proceso electoral, al estar dirigido por el servicio electoral chileno. Sin embargo, en segundo lugar, la elección simultánea de candidatos a presidente y congresistas ha generado algunos efectos no deseados por la Ley, concretamente la práctica ausencia de primarias competitivas a parlamentario. Los partidos conformando ambos bloques, especialmente los socios democristianos de la Concertación, ante el empuje de Bachelet y el posible efecto de arrastre electoral, optaron por no presentarse a las primarias, “protegiendo” así a sus candidatos de cara a las negociaciones posteriores en la confección de las candidaturas. En tercer lugar, marca efectivamente un punto de inflexión político que queda por ver cómo afecta a la participación y organización del futuro debate presidencial. En conclusión, estas primarias han funcionado una especie de primera vuelta que sitúa a los candidatos a Presidente en un escenario distinto si no hubiera existido este proceso de primarias, y que ha permitido una mayor participación del pueblo chileno en las distintas fases del proceso de elección presidencial.

Francisco Soto Barrientos
Profesor de derecho constitucional, Facultad de Derecho Universidad de Chile

Lluís Medir
Becari de l’àrea de ciència política i l’administració, departament de dret constitucional i ciència política de la Universitat de Barcelona

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