Reflexiones a propósito de la elección directa de consejeros regionales (CORES) en Chile – Christian Rojas

Coincidiendo con la primera vuelta de las elecciones a la Presidencia de la República y a las elecciones a las dos cámaras del Parlamento, que tuvieron lugar el pasado domingo 17 de noviembre, por primera vez en Chile, los ciudadanos concurrieron a la elección mediante sufragio universal y en votación directa de los consejeros regionales (CORES).

Esto se realiza a partir de los cambios derivados de la reforma a la Constitución Política de la República (en virtud de las leyes de reforma constitucional nº 20.390 de 2009 y 20.678 de 2013) por las cuales los consejeros regionales adquirirían legitimidad democrática al ser elegidos ahora directamente por la ciudadanía, siendo que hasta antes de dichas reformas eran elegidos de manera indirecta por los concejales de los municipios que forman parte de cada región.

Para comprender un poco el fenómeno de enorme relevancia que ha ocurrido, cabe señalar que Chile es un estado unitario, se encuentra dividido administrativamente en quince regiones, cada uno de las cuales es administrado por un Gobierno Regional (GORE), instancia descentralizada funcional y territorialmente, de carácter colegiada formada por el Intendente Regional designado directamente por el Presidente de la República y por el Consejo Regional, compuesto por los consejeros ahora de elección directa como se ha indicado. El GORE detentan importantes atribuciones relativas a proyectos de inversión pública y privada en cada región, entre otras: aprobar, modificar o sustituir el presupuesto de cada región, distribuir los recursos del Fondo Nacional de Desarrollo Regional, y fiscalizar la gestión del Intendente.El número de consejeros regionales dependerá de la cantidad de habitantes, los que se eligen por provincia (subdivisión de cada región) de manera proporcional y en sistema mayoritario de elección.

A partir de ello, estimo necesario destacar la importancia de este cambio, que pivota sobre dos cuestiones esenciales, a saber:

La primera, en que a través de este cambio los gobiernos regionales podrán canalizar de manera más adecuada los intereses de la población al ser representantes directos de ella, permitiendo conducir institucionalmente sus inquietudes, y posibilitando un diálogo fluido entre las autoridades y su electorado regional.

Y la segunda, en que el cambio constitucional explicado concluyó con uno de los dos últimos escollos pendientes de resolver en materia de generación democrática de las autoridades ejecutivas y legislativas en Chile, a través de la implementación de un sistema plenamente democrático basado en la elección directa y en un sistema proporcional-mayoritario de las autoridades. Este cambio permite, por una parte, dotar de representatividad a la población en la generación de las autoridades que conforman los centros de decisión pública; y por otra, dotar de dinamismo competitivo a la democracia chilena, en la medida que dada la enorme importancia de las funciones que realizan los CORES con impactos directos en la vida de la población a su nivel territorial, se requiere una legitimidad democrática sustancial que fundamente adecuadamente sus decisiones. En efecto, la materias sobre las que los CORES resuelven son sumamente relevantes y con impacto directo en el desarrollo de una región y la calidad de vida de la población, de tal manera que debían —y afortunadamente ahora lo están—, estar dotados por sí mismos de legitimación suficiente para resolver las materias de su competencia, cosa que hasta antes de las elecciones del 17 de noviembre pasado no ocurría.

Luego, resulta pertinente señalar que queda aún pendiente la reforma del sistema binominal mayoritario, de elecciones a nivel parlamentario; que permitió durante muchísimo tiempo que la derecha chilena estuviera sobre-representada, y que ahora benefició a la alianza de centro-izquierda, permitiendo por sobre-representación la elección de 11 diputados y 2 senadores en las recientes elecciones.

Es de esperar que lo anterior sirva para terminar de concientizar que un sistema contra-mayoritario (en definitiva contra-democrático) sólo beneficia a grupos de poder e impide la expresión de la población en sus elecciones, generando un grave desasimiento de la actividad política, siendo una muestra de aquello que poco menos del 50% de la población habilitada para votar, terminó efectivamente sufragando en las últimas elecciones.

En fin, sólo resta celebrar la ocasión, y esperar con ello una mejor y más cercana democracia, ahora también a nivel regional.

Dr. Christian Rojas Calderón
Profesor de Derecho Administrativo de la Universidad Católica del Norte (Chile)

Deixa un comentari