El día 22 de mayo de 2011 se celebraban elecciones a las Corts Valencianes (Decreto 2/2011, de 28 de marzo, del President de la Generalitat, de disolución de Les Corts y convocatoria de elecciones a las mismas), dando así inicio a la VIII Legislatura, y cuya sesión constitutiva tuvo lugar el 9 de junio de 2011.
Los resultados electorales dieron lugar a un hemiciclo integrado por cuatro formaciones políticas: Partido Popular (PP – 48.6% de los votos y 55 escaños), Partido Socialista Obrero Español (PSOE – 27.5% de los votos y 33 escaños), Coalició Compromís (con el 7.07% de los votos y 6 escaños), y Esquerra Unida del País Valencià (5.8% y 5 escaños). Se reiteraba, de este modo –y con ciertas variaciones respecto a las formaciones Compromís y Esquerra Unida por el sistema de coaliciones y cambios en estas formaciones de izquierdas-, la composición de la Cámara durante las últimas 4 legislaturas (2011, 2007, 2003, 1999) así como el predominio de la principal fuerza política, que ha gobernado con mayoría absoluta. Se le añade a ello, el Gobierno en minoría del Partido Popular (PP) en 1995, con el apoyo de Unión Valenciana, quien ocupó la Presidencia de les Corts.
En la legislatura recién acabada recibió la confianza de la Cámara D. Alberto Fabra, en la sesión de investidura celebrada en fecha 26 de julio de 2011 (con el resultado de 55 votos a favor y 43 en contra), quien gobernó también en la anterior legislatura si bien a partir de julio de 2011, tras la dimisión de D. Francisco Camps, quien presidió inicialmente el Gobierno valenciano tras las elecciones de mayo de 2011. De otro lado, la legislatura, caracterizada en líneas generales por un notable grado de tensión política, ha estado también marcada por el cambio en la Presidencia de les Corts, cuando en octubre de 2014 D. Juan Cotino dimitió, siendo sucedido en el cargo por D. Alejandro Font de Mora, ambos del Partido Popular. Este no ha sido, por lo demás, un episodio aislado, pues durante la legislatura han coexistido en el hemiciclo los episodios de diversos miembros del parlamento imputados por los Tribunales, junto a quienes decidirían finalmente dimitir.
En esta última legislatura han sido aprobadas un total de 56 normas con rango de ley, debiendo destacarse que de las mismas 17 han sido Decretos-Leyes y 1 Decreto Legislativo, frente a la anterior legislatura (la VII), en que el número de normas fue superior (64), pero con solo 5 Decretos-leyes aprobados.
A tal efecto, se presentaron en la Cámara un total de 52 proposiciones de ley, de las cuales solo se han aprobado 5 (todas provenientes del Grupo Parlamentario que ha sustentado al Gobierno). En cambio, en la pasada legislatura (VII Legislatura) se presentaron únicamente 26 proposiciones de ley, de las cuales se aprobaron 8 (de esas 8, cinco provenían del Grupo Parlamentario que sustentaba al Gobierno; una de ellas es una Iniciativa Legislativa Popular (Proposición de Ley de protección de la maternidad, 24-04-2008); otra de ellas es una proporción conjunta entre el Grupo Parlamentario Popular y el Grupo Parlamentario Socialista; y la restante, no se especifica el Grupo Parlamentario que la presentó (Reglamento parlamentario de propuesta de reforma del artículo 21.4 del Reglamento de Les Corts).
En lo que atañe a los Proyectos de ley se han tramitado 40 proyectos de ley, frente a la anterior legislatura, con la tramitación de 57 proyectos de ley.
En estas iniciativas, destaca la presentación de 2 Iniciativas Legislativas Populares, relativas a la escolarización plena de la población infantil de 0 a 3 años y la creación de una red pública valenciana de escuelas infantiles (15-06-2011), y la que atañe al Servicio Público de Radiotelevisión Valenciana (07-11-2014), habiendo sido definitivamente aprobada esta última. En cambio, en la pasada legislatura (VII Legislatura) solo se presentó una ILP: Proposición de Ley de protección de la maternidad, 24-04-2008, la cual fue aprobada.
Finalmente, encontramos diversas propuestas que, con la disolución de les Corts, decaerían. Así, la Proposición de Ley de actuaciones del sector público de la Generalitat ante las deslocalizaciones empresariales (enero de 2015), y los Proyectos de Ley de de pesca continental, deportiva y de gestión de la Comunitat Valenciana; y el que regula la iniciativa legislativa popular ante Les Corts (ambos de febrero de 2015).
Leyes aprobadas | Decretos-Leyes | Decretos Legislativos | Proposiciones de ley | Proyectos de ley | |
VIII Legislatura | 56 | 17 | 1 | 52 (5 aprobadas) | 40 |
VII Legislatura | 64 | 5 | – | 26 (8 aprobadas) | 57 |
ILP: VIII Legislatura, 2 presentadas (1 aprobada); VII Legislatura, 1 presentada (1 aprobada).
Fuente: “Estadístiques Parlamentàries” de la web de las Corts Valencianes (www.cortsvalencianes.es)
La legislación anticrisis, como en otras Comunidades Autónomas, ha estado muy presente en esta Legislatura, lo que desde el punto de vista de las fuentes del derecho parece haberse traducido en un profuso uso del Decreto-ley. Así, en el plano económico, además de las distintas leyes presupuestarias, con diversas modificaciones de las mismas por Decreto-ley, destaca la adopción de medidas para el establecimiento del Régimen Económico financiero del Sector Público Empresarial y Fundacional (DL 1/2011), Medidas Fiscales, de Gestión Administrativa y Financiera, y de Organización de la Generalitat, así como para la reestructuración y racionalización del Sector Público Empresarial y Fundacional de la Generalitat y su patrimonio, con especial interés en medidas dirigidas a la reducción de la retribución de altos cargos (Ley 9/2011, DL 7/2012, DL 1/2013, Ley 1/2013, Ley 10/2012, DL 3/2013, Ley 5/2013, Ley 7/2014), para la reducción del déficit, la garantía de la estabilidad presupuestaria y la lucha contra el fraude (DL 1/2012, DL 6/2012, DL 4/2013), de apoyo a la iniciativa empresarial y a los emprendedores, microempresas y pequeñas y medianas (DL 2/2012, Ley 2/2012), sobre la Hacienda Pública, Sector Público y Subvenciones (Ley 1/2015), sobre Cajas de Ahorros (Ley 4/2015), o de Cooperativas (Ley 4/2014 y DLegislativo 1/2015).
Por ámbitos temáticos, en tema de derechos ponemos de relieve la aprobación de la Ley 4/2012 por la que se aprueba la Carta de Derechos Sociales de la Comunitat Valenciana; la Ley 5/2012 de Uniones de Hecho Formalizadas de la Comunitat Valenciana; la Ley 7/2012, Integral contra la Violencia sobre la Mujer en el Ámbito de la Comunitat Valenciana; y la Ley 7/2015 de Participación y Colaboración Institucional de las Organizaciones Sindicales y Empresariales Representativas en la Comunitat Valenciana; la Ley 2/2015, de 2 de abril, de Transparencia, Buen Gobierno y Participación Ciudadana de la Comunitat Valenciana; la Ley 9/2014, de impulso de la actividad y del mecenazgo cultural en la Comunitat Valenciana; la Ley 10/2014 de Salud de la Comunitat Valenciana; y la Ley 4/2013, de supresión de la prestación de los Servicios de Radiodifusión y Televisión de Ámbito Autonómico, de Titularidad de la Generalitat, así como de Disolución y Liquidación de Radiotelevisión Valenciana, SAU (con alguna otra norma con rango de ley ligada a la misma); y la Ley 8/2015 de modificación del artículo 33 de la Ley 6/1999, de 19 de abril, de Policías Locales y Coordinación de las Policías Locales de la Comunitat Valenciana.
En el bloque de reformas relativas a las instituciones de autogobierno, cabe aludir a la aprobación de la Ley 1/2014 del Comité Econòmic i Social de la Comunitat Valenciana, así como a la Ley 6/2015, de 2 de abril, de reconocimiento, protección y promoción de las señas de identidad del pueblo valenciano.
Destacan, además, otro tipo de medidas legislativas referidas a sectores integrados en ámbitos amplios como el territorio, la empresa y la administración: actuaciones territoriales estratégicas, prestación farmacéutica y ortoprotésica, organismos de certificación administrativo, actividad comercial y horarios, contratos, relaciones jurídicas agrarias, caza, puertos, vías pecuarias, urbanismo y medio ambiente, cámaras de comercio, y de creación del Colegio Oficial de Criminólogos de la Comunitat Valenciana, y de la Universidad Privada Europea de Valencia.
En cuanto a la relación entre las fuerzas parlamentarias, se ha asistido a una legislatura especialmente tensa, con un escaso consenso especialmente pues en evidencia, no solo en la función de control, sino también con motivo de la aprobación de concretas normas, como han sido las relativas a la Radio Televisió Valenciana (RTVV), la Ley de Transparencia, y la norma relativa a las Señas de Identidad.
Respecto a la primera cuestión, cabe recordar que en fecha 20 de julio fue aprobada la Ley 3/2012 de Estatuto de Radiotelevisión Valenciana, al objeto de adaptarse a los cambios tecnológicos y a las novedades que se dieron en la escena de los medios de comunicación, buscando flexibilizar la gestión del servicio público de comunicación audiovisual autonómico, en consonancia con la ley del sector audiovisual anteriormente aprobada y de acuerdo con la normativa estatal en la materia. Con posterioridad, el Gobierno Valenciano aprobó el Decreto-ley 5/2013, de 7 de noviembre, por el que se adoptaron medidas urgentes para garantizar la prestación del servicio público de radio y televisión de titularidad de la Generalitat. Y poco después, se aprobó la Ley 4/2013, de 27 de noviembre, de supresión de la prestación de los Servicios de Radiodifusión y Televisión de Ámbito Autonómico, de Titularidad de la Generalitat, así como de Disolución y Liquidación de Radiotelevisión Valenciana, SAU, procediéndose efectivamente al cierre el 29 de noviembre. Hasta llegar a este punto, en un tema con connotaciones sociales, políticas y económicas, ligadas asimismo al ejercicio de los derechos y a la identidad autonómica, había tenido lugar con anterioridad todo un proceso de reducción de coste laborales –culminado en el impulso desde el Consell de un ERE sobre la plantilla de Radio Televisión Valenciana, con las correspondientes demandas ante los Tribunales hasta la declaración de nulidad de aquel por parte del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana-, así como un proceso de privatización de buena parte de las franjas de programación de los canales de televisión. La sentencia del Tribunal Superior de Justicia marcó un antes y un después en este episodio. El Gobierno valenciano anunció la inviabilidad de asumir los costes, generando un proceso de dimisiones de la Directora general así como de varios consejeros de la SAU RTVV y diversos acontecimientos que implicaron a la propia ciudadanía y sus derechos, que desembocaron en el cierre definitivo de la radio y televisión valenciana con lo que ello supone de renuncia por parte de la Generalitat a la prestación de este servicio público, y que se prolongaron con la presentación de diversos contenciosos.
Al objeto de recuperar dicho servicio y a instancias de una iniciativa legislativa popular, fue finalmente aprobada la Ley 5/2015 de fecha 2 de abril, del Servicio Público de Radiotelevisión Valenciana, que marca para su recuperación toda una serie de condicionantes económicos –no incremento de la deuda pública, no minoración de presupuestos de sanidad, educación y bienestar social, no incremento de la presión fiscal, y liquidación definitiva de la anterior entidad pública de radiotelevisión valenciana-, y procedimentales –un proyecto o una proposición de ley posterior para su creación-.
Por otro lado, en una tendencia común pero también en una materia especialmente sensible por el contexto general y territorial de inestabilidad institucional y política que le acompaña, fue aprobada al final de la legislatura la Ley 2/2015, de 2 de abril, de Transparencia, Buen Gobierno y Participación Ciudadana de la Comunitat Valenciana, tras una votación en la que no prosperó la iniciativa de la oposición de dejar esta norma para la siguiente legislatura. La norma se inscribe en la tónica dominante en otras Comunidades Autónomas de recoger ampliamente la obligación de publicidad activa, prever el Portal de Transparencia, hacer visibles las subvenciones, prever principios éticos y de actuación de los miembros del Gobierno, regular el silencio administrativo en sentido positivo, acompañar la misma de un nuevo régimen sancionador, y prever instrumentos para la participación ciudadana. Se aprovecha, asimismo, para rebajar a 20.000 firmas el número necesario para presentar una iniciativa legislativa popular.
En este mismo contexto ha de aludirse al Reglamento de les Corts, que fue modificado en sus artículos 45.2 y 112 y con la inclusión de un título XV bis “Del Parlamento Abierto” (arts. 182 bis, ter y quater) aprobado en el Pleno del día 25 de marzo de 2015 y publicado en el BOC nº 328 de 8 de abril de 2015. La reforma introduce la figura de la Comisión Especial de Participación Ciudadana, con especial énfasis respecto a la regulación de las comparecencias de alcaldes.
Pero quizá especialmente polémica entre las fuerzas políticas, por afectar a materia tan sensible como la simbología autonómica, el papel de las instituciones y el debate sobre la lengua, resultó la Ley 6/2015, de 2 de abril, de reconocimiento, protección y promoción de las señas de identidad del pueblo valenciano, aprobada con el único voto del partido en el gobierno, y cuyo objetivo es la salvaguarda de determinadas señas de identidad de especial relevancia -entre las que, obviamente, se encuentra la lengua-. Se crea, a tal efecto, un Observatorio habilitado para sugerir al Gobierno valenciano la retirada de subvenciones a aquellas entidades cuya actividad atente contra dichas señas. Igualmente, la norma reconoce la capacidad docente de la Real Academia de Cultura Valenciana y Lo Rat Penat (ambas integradas en el Observatorio, del que no forman parte, sin embargo, la Academia Valenciana de la Lengua o el Consell Valencià de Cultura), en lo que singularmente atañe a la defensa de la lengua valenciana, convirtiendo a la última institución en la institución consultiva de la Generalitat en temas de patrimonio cultural.
Finalmente, un episodio singular tuvo lugar con la celebración de un pleno a puerta cerrada (en fecha 11 de junio de 2014), para tratar la suspensión de los derechos parlamentarios durante un mes –finalmente acordada– de una diputada del Grupo Parlamentario Compromís que se negó en un Pleno anterior a abandonar el hemiciclo a requerimiento del President de les Corts.
En consonancia con lo anterior, respecto al control político resulta de interés la consulta de las tablas recogidas en el apartado de “Estadístiques Parlamentàries” de la web de las Corts Valencianes (www.cortsvalencianes.es), que refleja la intensa y creciente actividad parlamentaria conforme avanza la legislatura y en líneas generales, respecto al control del Gobierno Valenciano, mostrando de otro lado las intervenciones de los diversos grupos.
VIII LEGISLATURA
Iniciativa parlamentaria | GP POP | GP SOC | GP COMP | GP EU |
Solicitudes de comparecencia | 4 | 809 | 721 | 507 |
Interpelaciones | – | 248 | 158 | 97 |
Mociones | – | 46 | 40 | 42 |
Preguntas a responder por escrito | – | 33.391 | 11.136 | 4.844 |
Preguntas a responder oralmente en una comisión | – | 704 | 421 | 353 |
Preguntas a responder oralmente en el Pleno | 318 | 882 | 687 | 409 |
Preguntas de interés general al President del Consell | 49 | 48 | 49 | 48 |
Proposiciones de ley de los grupos parlamentarios | 3 | 10 | 17 | 12 |
Proposiciones no de ley de tramitación ordinaria en comisión | 136 | 546 | 1.121 | 681 |
Proposiciones no de ley de tramitación especial de urgencia | 101 | 364 | 201 | 158 |
Proposiciones no de ley de tramitación inmediata | 4 | 4 | 5 | 4 |
Propuestas de creación de comisiones | 3 | 60 | 74 | 64 |
Solicitudes de documentación | 1 | 3.040 | 9.497 | 2.092 |
TOTAL | 619 | 40.152 | 24.127 | 9.311 |
La conflictividad territorial y el control sobre normas valencianas y estatales que hayan podido afectar a la autonomía valenciana, por parte del Tribunal Constitucional, ha dado lugar a diversas resoluciones en esta Legislatura, debiendo advertirse no obstante, que algunos recursos resueltos lo son contra normas anteriores a la pasada legislatura.
Así, el TC resolvió la cuestión de inconstitucionalidad del art. 12 bis de la Ley de la Comunidad Valenciana 13/1997, de 23 de diciembre, por la que se regula el tramo autonómico del impuesto sobre la renta de las personas físicas y restantes tributos cedidos, en la redacción dada por el art. 16 de la Ley de la Comunidad Valenciana 10/2006, de 26 de diciembre, de medidas fiscales, de gestión administrativa y financiera, y de organización de la Generalitat, por presunta vulneración de los arts. 14, 31.1 y 139.1, todos ellos de la Constitución (STC 60/2015); así como el recurso de inconstitucionalidad contra el art. 161 de la Ley de la Generalitat Valenciana 5/2013, de 23 de diciembre, de medidas fiscales, de gestión administrativa y financiera, y de organización de la Generalitat (STC 30/2015); el recurso de inconstitucionalidad interpuesto por el Presidente del Gobierno contra el último párrafo del art. 10 de la Ley 13/2004, de 27 de diciembre, de caza de la Comunidad Valenciana, en la redacción dada al mismo por el art. 2 de la Ley 7/2009, de 22 de octubre, de reforma de los arts. 7 y 10 de la Ley 13/2004 (STC 114/2013); el recurso de inconstitucionalidad interpuesto por el Presidente del Gobierno en relación con el art. 130.4, en conexión con el art. 130.1 b) de la Ley de las Cortes Valencianas 10/2010, de 9 de julio, de ordenación y gestión de la función pública valenciana (STC 39/2014); el recurso de inconstitucionalidad promovido por el Defensor del Pueblo, contra la disposición adicional undécima de la Ley de las Cortes Valencianas 15/2007, de 27 de diciembre, de presupuestos para el ejercicio 2008, que se reputa contraria a los arts. 9.3 y 134 de la Constitución Española, el art. 21.1 de la Ley Orgánica 8/1980, de 22 de septiembre, de financiación de las Comunidades Autónomas, y el art. 76 del Estatuto de Autonomía para la Comunidad Valenciana (STC 86/2013, que fue estimado); el recurso de inconstitucionalidad interpuesto por el Presidente del Gobierno de la Nación contra el apartado a) del art. 7.4 de la Ley de la Comunidad Valenciana 3/2005, de 15 de junio, de archivos (STC 66/2013); y el recurso de inconstitucionalidad promovido por el Presidente del Gobierno contra los artículos 14 y 15 de la Ley de las Cortes Valencianas 16/2008, de 22 de diciembre, de medidas fiscales, de gestión administrativa y financiera, y de organización de la Generalitat (STC 136/2012).
Asimismo, destacan las siguientes resoluciones del Tribunal Constitucional, que tienen su origen en recursos presentados por el Consell: el recurso de inconstitucionalidad contra la disposición transitoria segunda del DL 14/2010, por el que se establecen medidas urgentes para la corrección del déficit tarifario del sector eléctrico (STC 109/2014, con resolución desestimatoria); y el recurso de inconstitucionalidad contra diversos preceptos de la Ley 11/2005, de 22 de junio, por la que se modifica la Ley 10/2001, de 5 de julio, del plan hidrológico nacional (STC 19/2013).
De otro lado, en consonancia con la tensión política a la que viene aludiéndose, singular interés presentan los recursos de amparo promovidos en el ámbito de la actividad parlamentaria valenciana: STC 213/2014, también estimatoria, en el recurso de amparo promovido por doña Mireia Mollá Herrera y doña Mónica Oltra i Jarque (Compromís) contra tres acuerdos de la Mesa de las Cortes Valencianas de 17 de abril de 2012, recaídos en reposición, por los que se confirman las inadmisiones a trámite de sendas proposiciones no de ley presentadas por las recurrentes, y en el que el TC otorga el amparo a la segunda de aquellas. La STC 158/2014, también estimatoria en el recurso de amparo promovido por doña Mónica Oltra i Jarque (Compromís), contra un acuerdo de la Mesa de las Cortes Valencianas de fecha 28 de febrero de 2012, recaído en reposición, por el que se confirma a la inadmisión a trámite de una proposición no de ley presentada por la recurrente. La STC 191/2013, estimatoria, en el recurso de amparo promovido por doña Rosario Margarita Sanz Alonso (Esquerra Unida del País Valencià), contra la resolución de la Mesa de las Cortes Valencianas de 14 de febrero de 2012, por la que se desestima el recurso de reposición interpuesto contra dos acuerdos de 31 de enero de 2012, sobre solicitudes de comparecencia ante una comisión permanente.
Finalmente, continúa en tramitación en el Congreso de los Diputados la reforma de la disposición adicional primera del Estatuto de Autonomía por la que se pretende que la inversión estatal en la Comunidad Valenciana se equipare al peso de su población en el conjunto de España. Dicha reforma fue aprobada en les Corts en 2011 y en el Congreso su debate ha sido aplazado en diversas ocasiones. Previsiblemente, parece que el Proyecto acabará decayendo por el fin de la legislatura.
Rosario Tur Ausina
Profesora Titular de Derecho Constitucional
Universidad Miguel Hernández de Elche