En esta investigación se ha tratado de poner de manifiesto que los caminos por los que se ha desarrollado la lucha de la mujer por la igualdad y por sus derechos han sido diferentes a los del resto de la sociedad.
No se puede obviar la importancia que ha tenido la Ilustración para consagrar el tiempo de la modernidad, que se ha de asentar, aunque sea solo desde una perspectiva meramente teorética, sobre la razón. La razón, el derecho y la democracia son las bases, han de serlo, de los Estados de derecho. Se ha tratado de comprender cómo este contexto social, cultural y legal ha puesto las bases para que se desarrollasen los derechos y las libertades; sin embargo, no han sido suficientes para acoger el camino de la equiparación entre hombres y mujeres.
Debemos asumir que el camino de los derechos, como ha señalado Bobbio, es el resultado de una voluntad férrea de transformación del mundo, esa voluntad que se encarna en nuestra razón, la razón ilustrada. Sin embargo, para las mujeres, esta razón no ha sido suficiente, puesto que la maravillosa abstracción de los derechos les ha sido vedada. La estructura de poder en la sociedad no cambió ni tan siquiera cuando en algunos lugares comenzó a superarse la segregación, la diferenciación entre los de arriba y el resto; y, así, el patriarcado permaneció indiferente a la razón y a los derechos.
Las reclamaciones, los memoriales de agravios de los que hablaba Celia Amorós, eran anteriores a la modernidad; y para la modernidad, para los Estados modernos, las mujeres no se podían equiparar a los hombres.
Pero entendemos que, pese a ello, la permanente reivindicación de la igualdad y de los derechos para las mujeres comenzó a ganar visibilidad social y jurídica. Las mujeres y el feminismo denunciaron los límites de la razón moderna, y, al fin, como ha expresado Amelia Valcárcel, el feminismo, los feminismos, son los hijos, las hijas no deseadas, de la Ilustración.
Los derechos humanos, evidentemente, son un sistema de valores que, aun en estructuras sociales cimentadas sobre valores androcéntricos y patriarcales, marcan un punto de referencia moral, en el sentido en que Amartya Sen habla de la sensación de injusticia que no puede ser negada, y que es emancipadora.
El camino de los derechos humanos, que se ha construido en oleadas, al calor de los cambios y de las transformaciones sociales, ha sido el gran legado de la modernidad. En esta investigación se ha partido de la idea de las generaciones de derechos como punto de referencia instrumental para observar el reconocimiento de los derechos. En ningún momento se ha de obviar que esta abstracción fue inicialmente un coto vedado para una clase social muy concreta, y para un género, y para una raza, pero su ideal igualitario no pudo ser frenado y acabó convirtiéndose en una lucha contra el prejuicio social del que se nutrieron todos los movimientos críticos, políticos, filosóficos, y en el que tiene una posición fundamental el movimiento feminista.
Las generaciones de derechos surgieron en momentos de transformación del Estado de derecho y marcaron su propia evolución. Entender que los derechos fundamentales, los derechos humanos, son una categoría histórica nos puede ayudar a encontrar respuestas futuras a la defensa de la libertad y dignidad del ser humano.
En este contexto se observan los derechos fundamentales, los derechos humanos, universales indisponibles, como destaca Ferrajoli, que sirven de base para la comprensión, o así ha de ser, de nuestras democracias y de la propia validez del derecho.
También se han examinado en este trabajo los antecedentes históricos de la lucha por la igualdad de las mujeres, en un contexto en el que, como ha explicado muy elocuentemente Kate Millett, se ha perpetuado la estructura social del patriarcado. Con todo, las mujeres, apoyándose en la razón ilustrada, fueron construyendo la reivindicación de un paradigma que no las excluyese como sujeto de derechos; y esta lucha pasó por distintos momentos, que se han querido recoger en esta investigación como hitos destacados de su lucha, puesto que, en los artefactos de la modernidad, en los Estados democráticos de derecho, el sexo fue un criterio relevante para otorgar un trato jurídico diferente y discriminatorio a las mujeres.
El camino de la lucha por la igualdad entre hombres y mujeres y la reclamación de la equiparación ha sido largo, y aún queda un buen trecho por recorrer, puesto que la modernidad ilustrada y nuestras democracias obviaron construir una sociedad para las mujeres en igualdad. Eso sí, nuestra modernidad nos ha dado las herramientas intelectuales para construir lo que, con certeza, ha sido la creación más relevante de la humanidad en nuestra historia reciente: los derechos humanos, los derechos fundamentales. Y la lucha por los derechos, como ha destacado Javier Muguerza, no es otra cosa que la lucha contra las múltiples formas de alienación que el ser humano ha padecido; y la que ha sufrido la mitad de la población del mundo, las mujeres, ha sido devastadora.
Fueron sus reclamaciones singulares las que consiguieron situarnos en la senda de la equiparación entre hombres y mujeres, y la razón crítica del feminismo, de esa otra ilustración que trata de crear imaginarios sociales y de pensamiento que no excluyan a la mitad del mundo.
Esta será una de las grandes tareas que tendrá que resolver la razón moderna, la construcción de un paradigma social que se fundamente en la igualdad, una ciudadanía diversa y pluricultural; y ello deberá implicar para la mujer la superación de todo tipo de discriminación, en el propio sentido kantiano de que ningún ser humano puede ser utilizado como un instrumento al servicio de otros. Mientras esto no se consiga, mientras la lógica de los derechos no se imponga, debemos reivindicar los derechos de las mujeres, los derechos universales de toda la ciudadanía, porque la injusticia siempre estará presente.
Xosé Manuel Pacho Blanco
Doctor en derecho, abogado y profesor asociado en la Facultad de Ciencias Jurídicas de la Universidad de Vigo
Este apunte es un resumen del artículo académico publicado en Revista Catalana de Dret Públic número 56 (junio 2018) con el título homónimo Los derechos de las mujeres. Las generaciones de derechos y los antecedentes históricos de la lucha por la igualdad.