Un fallo con los extremos quebrados: cómo la Corte Internacional de Justicia resolvió la delimitación marítima entre Chile y Perú – Carlos Hernández

A raíz de la sentencia del Tribunal Internacional de Justicia de la Haya de 27 de enero de 2014, dos académicos, la peruana Susana Mosquera y el chileno Carlos Hernández, comentan jurídicamente la resolución judicial y valoran los efectos que tendrá.  Los posts sitúan históricamente el conflicto y las posiciones de las partes enfrentadas.  Véase el artículo de Susana Mosquera aquí.

«… la réalité toute la réalité humaine,

n’est rien d’autre que montage du symbolique et de l’imaginaire.»

Séminaire XIV. La logique du fantasme.

J. Lacan

1. Introducción

El 27 de enero de 2014, la Corte Internacional de Justicia (la CIJ o la Corte) emitió su fallo en la controversia relativa al límite marítimo entre Chile y Perú.[1] El 16 de junio de 2008, este último había demandado a Chile, requiriendo que aquélla determinara el curso del límite entre las zonas marítimas de ambas repúblicas sudamericanas. Perú desconocía así la existencia de tratados limítrofes que hubieran definido tal curso. Chile, por el contrario, sostenía que tales tratados sí existían, por lo que la CIJ se encontraba impedida de pasar sobre ellos para fijar, ex novo, un nuevo límite. Como veremos, la Corte se apartó de ambas posiciones y estableció un límite que combinó tanto el trazado defendido por Chile como el demandado por Perú.Llegeix més »

Comentando el fallo de la Corte Internacional de Justicia sobre la delimitación marítima entre Perú y Chile – Susana Mosquera

A raíz de la sentencia del Tribunal Internacional de Justicia de la Haya de 27 de enero de 2014, dos académicos, la peruana Susana Mosquera y el chileno Carlos Hernández, comentan jurídicamente la resolución judicial y valoran los efectos que tendrá.  Los posts sitúan históricamente el conflicto y las posiciones de las partes enfrentadas.  Véase el artículo de Carlos Hernández aquí.

Cuando los avances tecnológicos demostraron que era posible acceder a los valiosos recursos que el mar guardaba en su interior, se produjo un cambio radical en el enfoque con que los países miraron hacia sus costas. Ya no era solamente una línea de defensa de tierra, ya no era la riqueza pesquera que estaba en la zona accesible para las embarcaciones artesanales, sino que también era posible considerar la riqueza ictiológica de la cortina de agua y los valores que encerrase el suelo y subsuelo subyacente. La segunda mitad del siglo XX fue el momento en que ese cambio de perspectiva se hizo visible a través de las declaraciones unilaterales realizadas por EEUU, y secundadas por México, Panamá y Argentina quienes manifestaron su intención de ejercer un control efectivo sobre una mayor extensión de zona marítima y extenderlo hacia la rica plataforma continental que se prolongaba bajo sus mares.Llegeix més »