
El dilema entre perpetuar o poner punto final al estado de alarma. La opción de aplicar la legislación sanitaria para seguir adoptando medidas restrictivas de derechos
Las aglomeraciones en las calles a partir del 10 de mayo de 2021, tras finalizar el segundo estado de alarma, hizo revivir la, por otra parte, incesante confrontación política —y por supuesto jurídica— en torno al marco legal necesario para afrontar la pandemia,[i] en buena parte zanjado con la relevante sentencia del Tribunal Supremo de 21 de mayo de 2021 a la que más tarde nos referiremos. No en vano, algunos sectores políticos y doctrinales que ya se habían opuesto a la prolongación del estado de alarma exigieron al Gobierno la reforma del marco legislativo sanitario —en parecidos términos a los expresados por algunos órganos judiciales y el Consejo de Estado— para, a su parecer, dar mejor cobertura a las restricciones que iban a adoptar las comunidades autónomas (CA) en ausencia de estado de alarma, clarificando sus términos, a la vista de la experiencia acumulada, o incluso adoptando una ley ad hoc de epidemias como la existente en Alemania, Austria o Dinamarca.Llegeix més »