Aunque la contratación electrónica y el uso de plataformas de contratación[i] ya viene impulsándose desde anteriores legislaciones, lo cierto es que su impulso definitivo se produjo con la aprobación del paquete de directivas de 2014 (Valero Torrijos, 2015, p. 29), que junto con su transposición por la Ley de Contratos del Sector Público (LCSP) conforman el marco jurídico principal actual de la contratación electrónica (Moreno Molina, 2014, p. 19). Sin embargo, desde hace años, y a pesar de los desarrollos normativos, existe una cierta incertidumbre, o al menos un debate jurídico, sobre el régimen jurídico aplicable a plataformas de contratación (Gimeno Feliú, 2020, p. 313).
Especialmente, persisten ciertas dudas sobre: (1) los límites competenciales en el desarrollo de estas plataformas, y (2) la conformidad con el derecho europeo de la competencia de un sistema de cesión de plataformas públicas de forma gratuita entre Administraciones.Llegeix més »