El pasado 5 de junio se celebró el día de la Constitución de Dinamarca con varios actos en Barcelona.
Con motivo de esta ocasión, puede ser interesante desgranar en estas líneas algunos de los aspectos de la Constitución danesa, desconocida para el gran público y para los estudiosos del derecho constitucional español.
La primera Constitución danesa data de 1849: se aprobó el 25 de mayo de 1849 y fue firmada por el rey Frederik VII el 5 de junio de 1849. Es una de las constituciones más antiguas de la Europa contemporánea.Llegeix més »

Toda Constitución es ante todo una norma de integración. La maduración de las sociedades, el paso del tiempo y las transformaciones del espacio, producen conflictos que dan sentido al pluralismo político y a las reglas que sirven para encauzarlo. La Constitución española de 1978 trató de integrar el nacionalismo vasco, catalán y español mediante una distribución territorial del poder en un esfuerzo federal indudable que sin duda ha muerto de su propio éxito. Y su éxito ha sido pensar que la profundización autonómica era siempre, en todos los casos y en cualquier circunstancia, buena para la democracia y la eficacia. Sin embargo, la razón dialéctica que encierra cualquier norma fundamental quiebra indefectiblemente cuando la expresión de los nacionalismos que ha tratado de articular y satisfacer se hace excesivamente intensa como consecuencia de la escasa fijación de los términos en los que se ha de ejercer el poder.