Algunas notas sobre la reforma del Senado en Bélgica – Anna Mastromarino (*)

El pasado 25 de mayo 2014 en Bélgica se renovaron los miembros tanto de la Cámara de los Representantes como del Senado. Pero por primera vez los electores belgas no pudieron expresar su preferencia en la composición de la Cámara alta.

Efectivamente, destaca la revisitación del bicameralismo (con ley constitucional publicada en el Moniteur belge el 31 de enero 2014) entre los muchos cambios que han sido impulsados por la Sexta reforma del Estado, fruto del llamado acuerdo du Papillon, que puso fin a una temporada de tránsito político incapaz de desembocar en la formación de un nuevo Gobierno para Bélgica, desde las elecciones de junio 2010 hasta octubre de 2011.

De hecho no estamos simplemente frente a un cambio que afecta solo a detalles funcionales u organizativos. Más bien, una lectura entre líneas de la reforma nos invita a considerar que nos encontramos frente a una reforma relativa, una vez más, al tipo de Estado y a la idea de Estado federal que el Reino belga persigue.Llegeix més »

Regeneración democrática y reforma de la Constitución: la primera propuesta autonómica de revisión constitucional – Miguel Ángel Presno

La Junta General del Principado de Asturias aprobó, el 19 de septiembre de 2014, por 23 votos a favor, de los diputados de los grupos parlamentarios Socialista, de Izquierda Unida y Mixto, y 22 votos en contra, de los diputados de los grupos parlamentarios Foro Asturias y Popular, el texto del Dictamen de la Comisión de Presidencia sobre la Propuesta de proposición de reforma de los artículos 87.3, 92 y 166 de la Constitución.

Es la primera vez que se aprueba en España una propuesta de reforma de la Constitución impulsada por una Asamblea Legislativa Autonómica. Y, en el presente caso, cabe añadir otra peculiaridad: tuvo su origen en una iniciativa ciudadana que, con el nombre Por la democracia directa y a través del derecho de petición reconocido en el artículo 29 de la Constitución, solicitó al Parlamento asturiano que remitiera al Congreso de los Diputados un texto con una nueva redacción de los artículos 87.3, 92 y 166 de la Constitución.Llegeix més »

La reforma de la Ley Orgánica de Seguridad Ciudadana – Josu de Miguel Bárcena

El 10 de julio de 2014, el Ministerio de Interior daba por cerrado el Proyecto de reforma de Ley Orgánica para la Protección de Seguridad Ciudadana (en adelante PLOSC), que finalmente elevará al Consejo de Ministros y pasará al Congreso de los Diputados, con el objetivo de ser aprobada antes de que acabe la presente Legislatura. Desde luego, si el Presidente del Gobierno decidiera adelantar las elecciones generales, no solo este proyecto, sino también otros de especial relevancia para el ejecutivo del PP, como la reforma del Código Penal o de la Ley del Aborto, quedarían probablemente en el olvido de la opinión pública. Insistimos en que esta cuestión no es baladí, teniendo en cuenta la compleja dinámica del proceso político parlamentario y sobre todo, el nuevo escenario electoral surgido tras las elecciones europeas. Llegeix més »

La reforma del Estatuto de Castilla-La Mancha: austeridad, proporcionalidad, territorialidad y la «cuadratura del círculo» – F. Javier Díaz Revorio

  1. Planteamiento: descripción de la reciente reforma

El Boletín Oficial del Estado de 22 de mayo de 2014 publica la Ley Orgánica 2/2014, de 21 de mayo, de reforma del Estatuto de Autonomía de Castilla-La Mancha. Esta reforma se limita a modificar el artículo 10, disponiendo que «La circunscripción electoral es la provincia. Las Cortes de Castilla-La Mancha estarán constituidas por un mínimo de 25 diputados y un máximo de 35».

Para entender el significado de esta norma hay que partir de los antecedentes. Tras la reforma de 1997, la redacción del Estatuto no solo establecía una horquilla en el número total de diputados, fijado entre 47 y 59, sino también un número mínimo de diputados por provincia (Albacete 10, Cuenca 8, Ciudad Real 11, Guadalajara 7, Toledo 11). Esta fijación se ha demostrado muy perniciosa pues, como puede apreciarse, la suma de esa cifra mínima en cada provincia coincidía con el umbral mínimo de la horquilla general, dejando poco margen a una distribución de los diputados proporcional a la población.Llegeix més »

Il Senato delle autonomie nella proposta di riforma della Costituzione italiana presentata dal Governo – Elisabetta Catelani

Il tema delle riforme costituzionali è al centro del dibattito politico da almeno un anno, ossia da quando il Presidente della Repubblica dinanzi ad una crisi politico-istituzionale senza precedenti anche a causa di un risultato elettorale di ingovernabilità (la coalizione di centro-sinistra aveva la maggioranza alla Camera dei Deputati, ma non al Senato a causa di una legge elettorale con premi di maggioranza diversificati per le due Camere), nominò una Commissione di dieci “saggi”, al fine di formulare precise proposte programmatiche sia sugli aspetti economici, che su quelle istituzionali e di riforma costituzionale.

La crisi, superata con la rielezione di Giorgio Napolitano a Presidente della Repubblica (nessun Presidente della Repubblica era mai stato eletto due volte dal 1948 ad oggi) e con la creazione di un governo di “grande” coalizione fra partiti di centro-destra e di centro-sinistra presieduto da Enrico Letta, portò alla successiva nomina della Commissione per le riforme istituzionali (formata da tecnici – per lo più professori universitari di diritto costituzionale, ma anche economisti, storici e politologi), che ha elaborato uno studio e specifiche proposte di riforma di una parte significativa della seconda parte della Costituzione.Llegeix més »